domingo 1 de noviembre de 2009

Ni Olimpiadas Ni Esperanza

En un periodo de tiempo muy corto han coincidido las noticias referentes al fracaso de la candidatura olímpica madrileña y el escándalo provocado por las declaraciones de Manuel Cobo.
Más de una voz se ha escuchado en las últimas semanas criticando la conveniencia de haber presentado por segunda vez la candidatura de Madrid a los Juegos Olímpicos. E inmediatamentamente después de haber conocido el resultado de las votaciones, se empezaba a hablar de si habría que presentarla una tercera vez...
Se nos escapan las razones a favor y en contra de una tercera candidatura: de lo que sí estamos seguros es de que no sería bueno que este proyecto (dos veces fracasado) lo plantee y eventualmente encabece el actual alcalde de Madrid. Gallardón habrá cumplido los 8 años al frente del Ayuntamiento de la capital en 2011 y los avatares del proyecto olímpico ilustran a la perfección los beneficios que tendría para la política madrileña la limitación de mandatos. Un nuevo rostro, un nuevo proyecto, unas ideas nuevas para la ciudad de Madrid (incluida una reconsideración de la aventura olímpica...).
A estas consideraciones se unen las que podemos extraer de la polémica surgida tras las declaraciones del segundo de Gallardón, al hilo de la renovación de la cúpula de Caja Madrid. Tanto Gallardón/Cobo como la Presidenta de la Comunidad de Madrid, Esperanza Aguirre, se han olvidado totalmente de las consabidas frases retóricas en el sentido de que esta batalla la están dando por el bienestar, el progreso, el futuro, etc. etc. de los madrileños. Ante la opinión pública ha aparecido un lucha descarnada por el poder, completamente ajena a los votantes/ciudadanos.
Nos gustaría proponer desde aquí, pues, una solución salomónica a este conflicto ayuntamiento/comunidad. Que desde el Partido Popular se imponga, como medida de higiene democrática la renovación de los candidatos a ambas instituciones y que no se presenten a la reelección ni Alberto Ruiz Gallardón ni Esperanza Aguirre. ¡Con 8 basta!

sábado 31 de octubre de 2009

La Mancha se Extiende a Nicaragua

Estos días hemos podido encontrar en la prensa la noticia preocupante que llega de Nicaragua, donde la Corte Suprema ha declarado inaplicable el artículo de la Constitución que ordena la limitación de mandatos basándose en "el principio de soberanía, el cual establece que el poder reside en el pueblo". La decisión del alto tribunal ha tenido lugar después de que el Presidente de Nicaragua, Daniel Ortega, no lograse alcanzar la mayoría necesaria para reformar la Constitución del País. De este modo, Nicaragua parece sumarse a la lista de países latinoamericanos que están dando la espalda a este arreglo constitucional que parecía tener un fuerte arraigo en el continente americano (ver artículo de 3 de agosto). Como ya hemos señalado en otra ocasión, el hecho tiene dos lecturas. La lectura positiva es que, los gobernantes latinoamericanos parecen darse cuenta de que un golpe militar a la antigua usanza tiene un coste demasiado alto: digamos que, hace treinta años, D. Ortega habría disuelto el Parlamento y sacado las tropas a las calles y no habría perdido más tiempo. Por fortuna, esto tiende a no ocurrir más.
La lectura negativa es la de que las formas caudillistas parecen estar tan arraigadas en las jóvenes democracias de la zona, que la oleada contra las provisiones constitucionales que garantizaban la limitación de mandatos parece haberse extendido como una mancha de aceite: Venezuela, Colombia, Honduras, Ecuador y, ahora, Nicaragua.
Sin comentario, por último, el razonamiento de la Corte Suprema nicaragüense, que no se permitirían ni los alumnos de primero de la Facultad de Derecho.

domingo 30 de agosto de 2009

El Temor a Perder el Poder

Encuentro en un blog la siguiente frase del escritor estadounidense John Steinbeck: "el poder no corrompe; es el temor a perder el poder el que corrompe". No se me ocurre mejor síntesis para el contenido de este blog sobre la limitación de los mandatos.
Así que siempre que oigamos las consabidas frases de "yo estaría encantado de dejar el poder, pero el partido (póngase, en su caso, el pueblo, la nación, el grupo parlamentario, la excepcional situación que atraviesa el país, el compromiso con los electores, etc. etc.) no me deja...", sabremos que estamos ante lo que Steinbeck con gran elegancia llama temor a perder el poder.
Por eso con ocho años basta...

domingo 23 de agosto de 2009

Una Costumbre Constitucional

Una costumbre jurídica es una norma no escrita que regula una determinada parcela de la vida social porque existe entre los destinatarios de la norma la conciencia de su obligatoriedad. Aunque la costumbre se encuentra con mucha mayor frecuencia en el ámbito del derecho privado, lo cierto es que han existido históricamente y perviven en la actualidad costumbres constitucionales, que regulan determinadas materias institucionales de rango constitucional. El caso típico de regulación constitucional no escrita es la constitución inglesa, basada en su mayor parte en costumbres constitucionales unánimemente respetadas (aunque no escritas).
En sistemas como el español en los que la reforma de la Constitución es muy difícil, la instauración de una costumbre constitucional permite introducir elementos de mejora y flexibilidad. Uno de estos elementos que podría introducirse en el sistema constitucional español sería la limitación de los mandatos de las cabezas del poder ejecutivo. Se trata de un tema de la máxima actualidad (véanse los casos recientes de Honduras, Venezuela y Colombia, en los que el tema de la reelección presidencial ha estado en el centro del debate político) y podría ciertamente introducir un elemento de calidad democrática en nuestro sistema.
En el momento actual, la instauración de esta costumbre constitucional presenta una coyuntura excepcional ya que, después de la autolimitación de J. M. Aznar de su mandato como Presidente del Gobierno a ocho años, bastaría con que el Presidente Zapatero anunciase su compromiso de no estar más de dos legislaturas al frente del Gobierno. Este hecho, que encumbraría al Presidente del Gobierno actual por su altura de miras, significaría la consolidación de la costumbre constitucional.
Como costumbre y no como parte de la Constitución escrita vivió la limitación a dos mandatos en EE.UU. hasta que quedó consagrada en la 22 Enmienda en 1947, siendo respetada escrupulosamente por todos los presidentes norteamericanos como una obligación constitucional.
Así que está en manos del Presidente Zapatero producir este cambio duradero en el funcionamiento del poder ejecutivo. ¡Con 8 basta!

martes 11 de agosto de 2009

Permanencia en el Poder en las CCAA

Ofrecemos este cuadro en el que se pueden ver los años que llevan en el poder los presidentes de los gobiernos autonómicos. Como se puede observar, hay un grupo de Comunidades Autónomas (Murcia, La Rioja, Navarra, Asturias, Aragón y Castilla y León) cuyos presidentes ya han superado el límite de los ocho años en el poder. En alguna de ellas, como Murcia y La Rioja, si sus presidentes se presentaran a la reelección en 2011 y ganaran las elecciones, podrían alcanzar los ¡20 años en el poder!
En otro grupo de comunidades (Castilla-La Mancha, Madrid, Valencia y Cantabria) la excesiva permanencia en el poder todavía no es un problema, pero deberían ir solucionando los problemas "sucesorios", porque la prolongación de los mandatos más allá de las elecciones de 2011 podría suponer la superación de la barrera de los ocho años.